lunes, 24 de junio de 2013

PRINCIPIOS


Del carácter administrativo el control

Es necesario distinguir “las operaciones” del control, de “la función” del control.

La función es de carácter administrativo y es la respuesta al principio de la delegación: esta no se podría dar sin el control, como ya lo hicimos notar. Cuanta mayor delegación se necesite, se requiere mayor control.

 

De los estándares

El control es imposible si no existen “estándares” de alguna manera prefijados, y será tanto mejor, cuanto más precisos y cuantitativos sean dichos estándares.

 

Hay veces que esta base son “realizaciones anteriores”, meras estimaciones empíricas, etc. Pero no se podría decir que se controla algo, s lo obtenido no se “valoriza, y para ello, se compara con “algo”.

 

Del carácter medial del control

Aunque parezca una cosa obvia, hay que recordar constantemente este principio.

En sentido positivo, surge el peligro del “especialista” en la técnica de control de que se trate, el que casi siempre vera la bondad de su técnica, y tratara de lograr a toda costa que se implante. En sentido negativo, esta también el peligro de subestimar los beneficios de un medio de control, ya porque estos se produzcan “a largo plazo”

 

Del principio de excepción

El control administrativo es mucho más eficaz, y rápido cuando se concentra en los casos en que no se logró lo previsto, más bien que en los resultados que se obtuvieron como se había planeado.

 

Tiende a aprovechar los beneficios que resultan de considerar como lo ordinario el cumplimiento de las previsiones, y las desviaciones imposibles de evitar, como lo excepcional: hacia estas deviaciones es a donde debe dirigirse toda la atención.

 

Este principio tiende a convertir el cumplimiento en lo normal, y las desviaciones de los plañesen lo excepcional: los controles versaran sobre esto último exclusiva, o al menos, principalmente.

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